En el tejido social del Perú, las Organizaciones No Gubernamentales (ONG), Asociaciones y Fundaciones juegan un papel determinante. Sin embargo, su sostenibilidad no depende únicamente de la nobleza de su causa, sino de una arquitectura contable blindada. A diferencia de las empresas lucrativas, una ONG enfrenta un escrutinio doble: el de la SUNAT, que vigila que no se desvirtúe su fin no lucrativo, y el de los cooperantes, que exigen transparencia absoluta en el uso de cada sol o dólar invertido.
En CGR Lawyer Peru, hemos diseñado esta guía detallada para que los directivos y administradores de ONGs comprendan que la contabilidad es, en realidad, su mejor herramienta de gestión y transparencia.
1. El Marco Legal: La Exoneración no es un Derecho Automático
El mayor beneficio para una ONG en el Perú es la exoneración del Impuesto a la Renta (IR), estipulado en el Artículo 19° de la Ley del Impuesto a la Renta. No obstante, muchos cometen el error de creer que por ser «sin fines de lucro» ya están exonerados.
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El Registro: Es obligatorio inscribirse en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta de la SUNAT. Sin esta resolución, la entidad tributará como cualquier empresa comercial (29.5% de su utilidad).
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Fines Específicos: La norma exige que los fines sean exclusivamente: beneficencia, asistencia social, educación, cultura, ciencia, arte, literatura, política, gremiales y/o difusión de la fe.
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No Distribución de Utilidades: Este es el punto crítico. La contabilidad debe demostrar que no existe distribución directa ni indirecta de excedentes entre los asociados o partes vinculadas. Cualquier gasto personal disfrazado de gasto institucional puede anular la exoneración de inmediato.
2. El Desafío del IGV y el Régimen de Donaciones
A diferencia del Impuesto a la Renta, las ONGs no están exoneradas del IGV por sus compras o ventas de servicios, a menos que existan convenios internacionales específicos.
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Certificación de Donaciones: Para que sus donantes (empresas o personas) puedan deducir la donación de sus propios impuestos, la ONG debe tramitar ante la SUNAT la calificación como «Entidad Perceptora de Donaciones».
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Control de Comprobantes: Es vital emitir el «Comprobante de Recepción de Donaciones» con los requisitos legales exactos. Una falla administrativa aquí perjudica al donante y puede cerrar las puertas a futuras colaboraciones.
3. Contabilidad por Proyectos: La Clave de la Transparencia
Una ONG suele manejar múltiples fuentes de financiamiento simultáneamente. Llevar una contabilidad «en bloque» es un error táctico. La solución es la Contabilidad por Centros de Costos o Proyectos.
Esto permite generar reportes financieros específicos para cada cooperante. Si el proyecto «Agua para el Sur» tiene un presupuesto de 50,000 soles, la contabilidad debe mostrar con precisión quirúrgica cómo se ejecutó ese monto, separando los gastos operativos de los administrativos (estos últimos suelen tener un tope porcentual fijado por el donante).
4. Fiscalización de APCI y el Consejo de Supervigilancia
El cumplimiento contable en el Perú para este sector trasciende lo tributario:
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APCI (Agencia Peruana de Cooperación Internacional): Si la ONG ejecuta fondos de la Cooperación Técnica Internacional, debe presentar anualmente el Plan Anual de Actividades (PAA) y la Declaración Anual de Actividades (DAA). La falta de coincidencia entre los estados financieros y lo declarado ante APCI puede generar infracciones graves y la pérdida de la capacidad de gestionar fondos externos.
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Fundaciones: En el caso de las fundaciones, estas se encuentran bajo el ala del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones (Ministerio de Justicia), que exige la presentación de presupuestos anuales y cuentas finales debidamente auditadas.
5. Aspectos Laborales y Remunerativos
Un punto de alta sensibilidad para la SUNAT es la remuneración de los directivos. La ley permite que los trabajadores de la ONG reciban sueldos de mercado, pero existen límites estrictos para los miembros de los consejos directivos.
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Límite de Remuneración: Los sueldos de los directivos y sus parientes no deben exceder el 30% de los gastos totales de la institución.
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Bancarización: Todos los pagos, desde planillas hasta proveedores, deben estar bancarizados para sustentar la veracidad de la operación.
La Contabilidad como Escudo Institucional
Llevar la contabilidad de una ONG en el Perú requiere un conocimiento profundo de las normas contables (NIIF), las leyes tributarias y el marco regulatorio civil. No se trata solo de registrar ingresos y salidas, sino de proteger la misión social de la organización ante cualquier cuestionamiento legal o fiscal.
En CGR Lawyer Peru, acompañamos a las organizaciones sociales en cada paso de su formalización y mantenimiento, asegurando que su transparencia financiera sea el motor que atraiga nuevos proyectos y alianzas.
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